Según lo establecido por el Gobierno Nacional y Local desde este 1 de junio y hasta el 1 de julio se podrán realizar exclusivamente las siguientes actividades entre las 6 de la mañana y las 4 de la tarde:
- Adquisición de bienes de primera necesidad como alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población.
- Desplazamiento a servicios bancarios, financieros y de operadores de pago, y a servicios notariales
- Asistencias a centros, servicios y establecimientos sanitarios. Circulación de vehículos particulares.
- Se permite sin distinción del número de cédula sacar en su entorno más inmediato a mascotas o animales de compañía por un lapso de 15 minutos
- Día cédula
- Lunes, 1 de junio. 8
- Martes 2 de junio. 9
- Miércoles 3 de junio. 0
- Jueves 4 de junio. 1
- Viernes 5 de junio. 2
- Sábado 6 de junio 3
- Domingo 7 de junio. 4
- Lunes 8 de junio. 5
- Martes 9 de junio. 6
- Miércoles, 10 de junio. 7
- Jueves 11 de junio 8
- Viernes 12 de junio 9
- Sábado 13 de junio. 0
- Domingo 14 de junio. 1
- Lunes 15 de junio. 2
- Martes 16 de junio. 3
- Miércoles 17 de junio. 4
- Jueves 18 de junio. 5
- Viernes 19 de junio. 6
- Sábado 20 de junio. 7
- Domingo 21 de junio. 8
- Lunes 22 de junio. 9
- Martes 23 de junio. 0
- Miércoles 24 de junio. 1
- Jueves 25 de junio. 2
- Viernes 26 de junio. 3
- Sábado 27 de junio 4
- Domingo 28 de junio 5
- Lunes 29 de junio. 6
- Martes 30 de junio. 7
En Bazurto
La actividades de comercialización presencial de productos de primera necesidad en mercados de abastos (diferentes al mercado público de Bazurto), bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal, en establecimientos y locales comerciales abiertos al público, así como los servicios bancarios, financieros y de operadores de pago, deberán garantizar el cumplimiento de las medidas de distanciamiento social, y de seguridad, para lo cual tendrán un horario de atención al público que podrá ir desde las 06:00 horas hasta máximo las
16.00 horas de cada día. Todas estas actividades pueden ser desarrolladas durante las 24:00 horas a través de plataformas electrónicas y/o domicilios.
señor alcalde la verdad que con este decreto usted nuevamente la vuelve embarrar porque no hay derecho de que usted en una ciudad tan grande como como Cartagena Usted ponga un dígito en el número de la cédula usted como mandatario no sabemos dónde está pero desafortunadamente creo que nos equivocamos
Ajoooooo de verdad qur en esta vida no se puede complacer a todos … diosssss